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La factura electrónica, obligatoria para todas las empresas

La factura electrónica ya es una realidad en el tráfico mercantil, pero desde su creación en el año 2012 no se ha extendido a todos los sectores de actividad. Esta forma de facturación es obligatoria en el sector público, pero no se ha generalizado en el sector privado, entre otras causas porque las empresas pequeñas y medianas son reticentes, debido a que les obliga adaptar sus sistemas informáticos y procesos de facturación.

Sin embargo, la ley Crea y Crece, que fue aprobada el año pasado, supuso un impulso a esta forma de facturación, porque implementa la factura electrónica como obligatoria también en el sector privado, tanto para empresarios como para autónomos. El plazo en que será efectivamente exigible el cumplimiento de la obligación de facturación electrónica vendrá condicionado por la fecha en que finalmente se apruebe el reglamento de la Ley, porque esta fecha será el punto de inicio del período transitorio de adaptación, a cuyo término la facturación electrónica será obligatoria para todas las empresas.

 
¿Qué objetivos tiene la factura electrónica? 

La implantación de la factura electrónica tiene diversas finalidades. De una parte, se pretende reducir los tiempos de pago, por los ahorros en los tiempos de gestión de la factura electrónica, y por la mayor trazabilidad en los flujos de documentación de pagos que implica. Pero el objetivo principal es un mayor control de todas las transacciones económicas que se produzcan en el mercado.

¿Cómo se conseguirá la mayor trazabilidad con la facturación electrónica?

La transparencia del sistema se conseguirá mediante la obligación de depósito de la factura en una plataforma pública. Esto es, la norma establece la obligación de aportar todas las facturas a una plataforma pública, a una plataforma privada (y, en este caso, una copia de cada factura quedará también depositada en la plataforma pública), o a una combinación de ambos sistemas.

La plataforma pública está en fase de preparación, y todavía no está disponible. Esta plataforma se está “vendiendo” como una herramienta para que los empresarios que no dispongan de un sistema de facturación adaptado a la normativa puedan emitir sus facturas electrónicas utilizando un formulario gratuito. Sin embargo, no hay que olvidar que esta plataforma será también un archivo de todas las facturas, que estará a disposición de la administración tributaria para verificar el cumplimiento de obligaciones administrativas o fiscales. También estará a disposición de los contribuyentes para consulta de sus facturas.

El uso de la plataforma pública no es obligatorio, sino que se establece como una solución opcional para aquellos empresarios que no dispongan de un software propio adaptado a normativa. Sin embargo, se establece una obligación adicional que será exigible a todas las empresas: con independencia del medio de facturación utilizado, las empresas deberán enviar una copia de las facturas emitidas a la plataforma pública.
 
¿Cuándo será obligatoria la facturación electrónica?  

La normativa establece dos plazos para la obligatoriedad de la factura electrónica. La facturación electrónica será obligatoria para las empresas con un volumen de facturación superior a ocho millones de euros en el plazo de un año desde la aprobación de Reglamento de la Ley Crea y Crece. Sin embargo, para el resto de las empresas, el plazo de obligatoriedad es de dos años a contar desde la fecha de aprobación del reglamento.

La aprobación del reglamento de la Ley Crea y Crece es inminente, por lo que pronto tendremos aquí todos estos cambios.
 
Imagen bajo licencia Creative Commons. Thank you Tumisu, thank you Pixabay.
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